DNI ELECTRÓNICO: ¿QUIÉNES DEBEN ACTUALIZARLO Y QUÉ CAMBIA CON EL NUEVO FORMATO?

 


El nuevo Documento Nacional de Identidad electrónico ya está en circulación en todo el país, con mejoras en seguridad, durabilidad y verificación de datos. Aunque convive con el formato anterior, no todos los ciudadanos están obligados a renovarlo de inmediato. 

Desde abril comenzó la emisión del DNI de última generación, una credencial fabricada en policarbonato, con chip incorporado y sistemas de validación mediante códigos QR. El objetivo es reducir falsificaciones y agilizar controles tanto en trámites administrativos como en viajes internacionales.

El rediseño no es solo estético. El nuevo DNI incorpora tecnología que refuerza la protección de la información personal y prolonga la vida útil del documento incluyendo chip electrónico que almacena datos encriptados y facilita verificaciones rápidas; material de policarbonato más resistente al desgaste, protecciones criptográficas avaladas por estándares internacionales, sistemas avanzados de autenticación, y datos y foto integrados al material, lo que dificulta alteraciones o falsificaciones.

¿Quiénes están obligados a renovarlo?

El cambio al nuevo formato no es masivo ni inmediato. Solo deben realizar el trámite quienes se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Menores que alcancen las edades de actualización obligatoria (5, 8 o 14 años).
  • Personas con el DNI vencido o próximo a vencer.
  • Cambios de domicilio o correcciones de datos personales.
  • Pérdida, robo o deterioro del documento.
  • Trámites vinculados a identidad de género.

En todos estos casos, el nuevo ejemplar ya se emite con el formato electrónico.

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